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La Ley de Actividades y Servicios de Turismo Aventura lleva el número 837. Fue sancionada el 21 de Diciembre de 2010 y promulgada el 7 de Enero de 2011 a través del decreto 75/11 que lleva las firmas de la Gobernadora Fabiana Ríos y del Ministro de Trabajo Marcelo Echazú.
En su anexo I detalla las actividades bajo su orbita:
I Actividades en Aire
I.1 Aladeltismo
I.2 Paracaidismo
I.3 Parapentismo
I.4 Vuelo a vela o volovelismo
I.5 Vuelos en globo aerostático
I.6 Vuelo en paramotor
I.7 Vuelo en ultraliviano
I.8. Sobrevuelo
II Actividades en Agua
II.1 Buceo recreativo
II.2 Canotaje
II.3 Kayakismo
II.4 Navegación a vela
II.5 Pesca deportiva embarcado
II.6 Ráfting o descenso de ríos
II.7 Kitesurf y Windsurf
II.8 Floating
III Actividades en Tierra
III.1 Actividades en montaña: escalada técnica en roca y en hielo, ascensiones, esquí de travesía
III.2 Turismo ecuestre
III.3 Caminatas, trekking en múltiples ambientes con o sin pernocte
III.4 Cicloturismo, mountain bike
III.5 Espeleoturismo
III.6 Turismo minero
III.7 Turismo científico
III.8 Todo terreno, off-road y 4x4; otros vehículos
III.9 Multiactividades con cuerda: rappel, tirolesa, bungee jumping, canopy
III.10 Caza y pesca deportiva
III.11 Actividades de nieve con o sin animales
III.12 Campamentismo
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25/11/2025 | 13:59 hs. El marco para llevarse un recuerdoVisite la Guía Comercial de Ushuaia-Info, busque los comercios, servicios o productos de su interés.
El 5 de diciembre de 1928 acuatizó un hidroavión por primera vez en la bahía de Ushuaia. El hito fue protagonizado por el capitán retirado de la marina alemana Gunther Plüschow al mando de un Heinkel HD-24.Próximos días D