El Ministerio de Salud autorizó la flexibilización de actividades que regirán desde este lunes 5 de octubre.
04/10/2020 - El Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Salud, con el asesoramiento del Comité Operativo de Emergencia, dispuso una serie de flexibilizaciones en diversas actividades desde este lunes 5 de octubre.
Estas nuevas determinaciones fueron consensuadas con el Ministerio de Salud de la Nación y establecidas en la necesidad de volver paulatinamente a la nueva realidad que plantea la situación de la pandemia por COVID-19 en las ciudades fueguinas, puntualizando la necesidad del cuidado sanitario personal y colectivo. A raíz de ello, se mantiene que la concurrencia de las personas, que requieran algunos de los servicios autorizados o producto en venta, o concurrencia a puesto de trabajo, será siempre de acuerdo a la terminación de DNI o patente par o impar, y dando estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios vigentes en materia de COVID-19 para cada rubro. En la ciudad de Ushuaia desde este lunes: ✔ï¸Se autoriza el inicio de la actividad del Subsector Privado de Salud de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. Para circular los pacientes deberán exhibir constancia de turno en soporte papel o digital, junto a su DNI. ✔ï¸Se autoriza la actividad de comercios con atención al público, de lunes a sábado en el horario de 09 a 21 horas. ✔ï¸Se amplía el horario de supermercados de lunes a domingo de 09 a 21 horas, los comercios de proximidad de lunes a domingo en el horario de 09 a 22 horas, farmacias de lunes a domingo de 08 a 22 horas y rubro panificación de lunes a domingo en el horario de 07 a 22 horas. ✔ï¸Se autoriza la actividad de talleres mecánicos de chapa y pintura de lunes a sábado en el horario de 09 a 21 horas. ✔ï¸Se mantiene el horario de atención de locales de expendio de comidas elaborada mediante sistema de delivery o take away de lunes a domingo de 10 a 00 horas. ✔ï¸Se autoriza la actividad de trabajadores independientes (contadores, abogados, ingenieros, maestros mayores de obra, agrimensores, escribanos, martilleros, arquitectos) de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar matricula o constancia de trabajo. ✔ï¸Se autoriza el inicio de la actividad de trabajadores cuentapropistas de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar inscripción en Obras Públicas o de constancia de trabajo. ✔ï¸Se autoriza la actividad deportiva individual al aire libre, salidas recreativas y práctica de entrenamiento grupal al aire libre sin realización de partidos o prácticas de contacto de lunes a domingo en el horario de 08 a 21 horas, cualquier día de la semana. Al mismo tiempo, se mantiene la prohibición de realización de cualquier tipo de actividad deportiva o grupal en espacios cerrados. ✔ï¸Se autorizan los encuentros entre niños, niñas y adolescentes al aire libre, con un máximo de 10 personas, manteniendo el mismo grupo en todos los encuentros, respetando la distancia social obligatoria uso de tapabocas y prohibición de compartir elementos de uso personal, mate, vasos, etc. de lunes a domingo en el horario de 09 a 21 horas. ✔ï¸Se autoriza el inicio de la actividad de Obra Pública y Privada únicamente para aquellas que se encuentren en etapa de construcción al aire libre, de lunes a sábado en el horario de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar inscripción en Obras Públicas o constancia de trabajo. ✔ï¸Se autoriza el servicio doméstico y niñeras de lunes a sábado de 08 a 21 horas. A los efectos de la circulación deberán acreditar constancia de trabajo. ✔ï¸Se Autoriza la apertura de locales de cobranza privados y cobranza de la Dirección Provincial de Energía, de lunes a sábado de 09 a 21 horas. ✔ï¸Se autoriza el retorno de la actividad industrial desarrollada en el marco del sub-régimen de promoción industrial, con jornadas de hasta 8 horas, incluyendo a las empresas que presten servicios para las mismas. Las empresas electrónicas deberán restringir la actividad al 50% de la capacidad productiva instalada. Además en toda la provincia: ✔ï¸Se dispone la obligatoriedad de los establecimientos cuyo rubro sea la actividad industrial, de informar la Dirección de Epidemiología el detalle de puestos de trabajo de líneas o sector con identificación de los trabajadores ante la presencia de un caso sospechoso o confirmado y a requerimiento de la autoridad sanitaria local.Visitas: 59295
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